En la reclamación hay que solicitar la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad. Conviene ampararse en la sentencia y en el artículo 7 de la Ley de IRPF. Ésta contempla la exención para los casos de nacimiento, parto múltiple, adopción, hijos a cargo y prestaciones públicas en caso de orfandad.
ACOREO está ya reclamando a Hacienda la devolución de las retenciones por IRPF realizadas en las cotizaciones de la Seguridad Social durante los periodos de baja.
Cada vez son más frecuentes las sentencias favorables. Como esta del TSJM.